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Manual de Convivencia DigitalEste Manual de Convivencia ha sido diseñado para promover un ambiente de respeto, responsabilidad y sana convivencia dentro de la comunidad educativa del Colegio Jaime Niño Díez IED. Busca establecer normas claras y justas que fomenten el desarrollo integral de nuestros estudiantes, el compromiso de los padres y el desempeño de nuestros docentes, siempre en concordancia con la filosofía y los valores institucionales.
El presente documento ha sido actualizado para facilitar su consulta y comprensión en formato digital, haciéndolo accesible a través de nuestra página web institucional.
TABLA DE CONTENIDO
CAPITULO I. HORIZONTE INSTITUCIONAL
ARTICULO 1° TÍTULO DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
2.2 Reseña biográfica Dr. Jaime Niño Díez
2.1 Reseña histórica
2.2 Reseña biográfica Dr. Jaime Niño Díez
2.3 Símbolos de identidad
2.3.1. Bandera
2.3.2. Escudo
2.3.3 Uniforme
2.4 Misión
2.5 Visión
2.6 Orientación filosófica
2.7 Principios Institucionales
2.8 Valores éticos
2.9 Fines de la educación
2.10 Objetivos de la educación
2.10.1 Objetivos de la educación preescolar
2.10.2 Objetivos de la educación básica primaria
2.10.3 Objetivos de la educación básica secundaria
2.10.4 Objetivos de la educación media
ARTÍCULO 3 PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
3.1 Perfil del estudiante Jaimista
3.2 Perfil del educador Jaimista
3.3 Perfil del padre, madre y/o acudiente
3.4 Perfil del directivo docente
3.5 Perfil del funcionario administrativo
ARTÍCULO 4. DECÁLOGO JAIMISTA
CAPITULO II MARCO JURÍDICO Y FUNDAMENTOS LEGALES
ARTÍCULO 5. DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE
5.1 Normas generales que orientan el Manual de Convivencia
5.2 Referente Jurisprudencial – Sentencias Corte Constitucional
CAPÍTULO III DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN
ARTÍCULO 6. DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y SU GARANTÍA
6.1 Derecho a la educación
6.2 Servicio educativo
6.3 Calidad y cobertura
6.4 De la prestación del servicio educativo
6.5 Atención a población en condición de discapacidad
6.6 Servicio Social obligatorio
6.6.1 Criterios
6.6.2 Reglas
6.6.3 Obligaciones del establecimiento educativo respecto del SSO
6.6.4 Compromisos de los estudiantes que realizan el SSO en el CJND
6.6.5 Compromisos de los estudiantes que realizan el SSO en otras instituciones o entidades
CAPÍTULO IV. DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y EL GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULO 7 DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
7.1 Derechos de la Comunidad Educativa
7.2 Deberes de la Comunidad Educativa
ARTÍCULO 8. DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES
8.1 Derechos de padres, madres y acudientes
8.2 Deberes de padres, madres y acudientes
ARTÍCULO 9. DE LOS ESTUDIANTES
9.1 Derechos de los estudiantes
9.2 Deberes de los estudiantes
9.3 Estímulos para los estudiantes
ARTÍCULO 10. DEL PERSONAL DIRECTIVO DOCENTE, DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO V DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y REPRESENTATIVA
ARTÍCULO 11. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
11.1 Consejo Directivo
11.1.1 Conformación
11.1.2 Funciones
11.2 Consejo Académico
11.2.1 Conformación
11.2.2 Funciones
11.3 El rector
ARTÍCULO 12. OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
12.1 Consejo de estudiantes
12.1.1 Funciones
12.1.2 Cargos de representación estudiantil
12.2 Consejo de padres, madres y acudientes
12.2.1 Funciones
12.2.2. Reglamento
TITULO II – DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
CAPITULO VI. EL PACTO, ACUERDO O MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 13. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS RECTORES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
13.1 Qué entendemos por convivencia?
13.2 El Manual de Convivencia
13.3 Objetivos del Manual de convivencia
ARTÍCULO 14 PRINCIPIOS RECTORES
ARTICULO 15. MEDIDAS RESTAURATIVAS
ARTÍCULO 16. DIRECTORIO RED DE APOYO
CAPITULO VII. CRITERIOS GENERALES Y DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
ARTICULO 17. CRITERIOS GENERALES
ARTICULO 18. EL COMITÉ DE CONVIVENCIA
18.1 Definición
18.2 Composición del Comité de Convivencia
18.3 Funciones del Comité de Convivencia
18.4 Funcionamiento
18.5 Reglamento del Comité de Convivencia
18.5.1 Funciones del Comité de Convivencia y sus integrantes
18.5.1.1 Funciones del rector como presidente del Comité de Convivencia
18.5.1.2 Funciones del secretario técnico del Comité de Convivencia
18.5.1.3 Funciones de los representantes de los estamentos
18.5.1.4 Condiciones y elección de los integrantes
18.5.2 Deberes, derechos y prohibiciones de los integrantes del Comité de Convivencia
18.5.2.1 Deberes
18.5.2.2 Derechos
18.5.2.3 Prohibiciones
18.5.2.4 Sanciones
18.5.3 Reuniones y quorum
18.5.4 Toma de decisiones
18.5.5 Disposiciones finales
ARTICULO 19. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL
ARTÍCULO 20. DE LAS FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR
20.1 Clasificación de las faltas
20.1.1 Faltas leves
20.1.1.1 Identificación de las faltas leves
20.1.1.2 Procedimiento pedagógico para la atención de faltas leves
20.1.1.3 Procedimiento para resolución de conflictos leves entre estudiantes o estudiantes y docentes
20.1.2 Faltas graves
20.1.2.1 Identificación de las faltas graves
20.1.2.2 Procedimiento pedagógico para la atención de faltas graves
20.1.3 Faltas gravísimas
20.1.3.1 Identificación de las faltas gravísimas
20.1.3.2 Procedimiento pedagógico para la atención de faltas gravísimas
ARTÍCULO 21. SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
21.1 Concepto
21.2 Contexto y clasificación de las situaciones
21.2.1 Situaciones tipo I
21.2.1.1 Protocolo de atención e intervención ante situaciones tipo I
21.2.1.2 Prácticas Restaurativas
21.2.1.3 Algunas prácticas restaurativas ante situaciones Tipo I
22.1.3.1 Reparación material
22.1.3.2 Reparación Simbólica
22.1.3.3 Reparación Moral
21.2.1.4 Sanciones aplicables a situaciones Tipo I
21.2.1.5 Debido proceso ante situaciones tipo I
21.2.2 Situaciones tipo II
21.2.2.1 Protocolo de atención e intervención ante situaciones tipo II
21.2.2.2 Algunas prácticas restaurativas ante situaciones tipo II
21.2.2.3 Procedimiento ante situaciones Tipo II y determinación de sanciones disciplinarias
21.2.2.4 Sanciones aplicables
21.2.2.5 Debido proceso ante situaciones Tipo II
21.2.3 Situaciones tipo III
21.2.3.1 Protocolo de atención e intervención ante situaciones tipo III
21.2.3.2 Algunas prácticas restaurativas ante situaciones Tipo III
21.2.3.3 Procedimiento ante situaciones Tipo III y determinación de sanciones disciplinarias
21.3 Directorio de protocolos de atención integral para la convivencia escolar emitido por el comité distrital de convivencia escolar y la secretaría de educación del distrito
ARTÍCULO 22. DEL DEBIDO PROCESO
22.1 Principios del debido proceso
22.1.1 Atención inmediata a posibles afectaciones a la salud
22.1.2 Debida Notificación
22.1.3 Derecho a la Contradicción
22.1.4 Presunción de inocencia
22.1.5 Valoración de pruebas y descargos
22.1.6 Motivación de la decisión
22.1.7 Proporcionalidad.
22.1.8 Reposición y/o apelación
22.1.9 Principio de conciliación y reparación (Justicia Escolar Restaurativa en situaciones I y II)
22.2 De los correctivos pedagógicos y las actuaciones disciplinarias
22.3 Circunstancias atenuantes o eximentes de las situaciones
22.4 Circunstancias agravantes de las situaciones
22.5 Derecho de defensa y recurso de reposición y apelación
22.6 Directorio de protocolos de atención integral para la convivencia escolar emitido por el comité distrital de convivencia escolar y la secretaría de educación del distrito
ARTÍCULO 23. COMPETENCIA DE LAS INSTANCIAS DENTRO DEL DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO
23.1 Competencias de los educadores y director de grupo dentro del debido proceso
23.2 Competencia de los orientadores escolares dentro del debido proceso
23.3 Competencia de los coordinadores dentro del debido proceso
23.4 Competencia del Comité de Convivencia dentro del debido proceso
23.5 Competencia del Rector en el debido proceso
23.6 Competencia del Consejo Directivo en el debido proceso
CAPÍTULO IX DEL PROCESO CONVIVENCIAL Y DISCIPLINARIO PARA LA PRIMERA INFANCIA
ARTÍCULO 24. ORGANIZACIÓN DE LOS GRADOS Y HORARIOS ESCOLARES
ARTÍCULO 25. CORRESPONSABILIDAD
25.1 Deberes de los padres de familia y/o acudientes de los niños y niñas de primera infancia
25.2 Identificación de situaciones Tipo I, II o III en la primera infancia
25.3 Procedimiento para la atención de las faltas o situaciones tipo I,II o III presentados por niños o niñas de primera infancia
25.3.1 Situaciones tipo I
25.3.2 Situaciones Tipo II
25.3.3 Situaciones tipo III
CAPÍTULO X. DE LOS ESTUDIANTES DEL CJND
ARTÍCULO 26. ADMISIONES Y MATRÍCULAS
26.1 Admisión
26.2 Requisitos de admisión
26.3 Matrícula
26.3.1 Concepto
26.3.2 Carácter
26.3.3 Formalización
26.3.4 Requisitos
26.3.5 Matrícula extraordinaria, extemporánea o por transferencia
26.4 Renovación de matrícula
26.4.1 Requisitos para renovación de matrícula
26.5 De la calidad de estudiante en el CJND
26.5.1 Calidad de estudiante
26.5.2 Pérdida de la calidad de estudiante
26.5.3 Reintegro del estudiante por reprobación
26.5.4 De la permanencia del estudiante en el CJND
CAPÍTULO XI SERVICIOS DE BIENESTAR
ARTÍCULO 27. SERVICIO DE TIENDA ESCOLAR
ARTÍCULO 28. DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR
CAPITULO XII DE LA ACTUALIZACIÓN Y VIGENCIA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 29. PROCESOS DE ACTUALIZACIÓN O REORGANIZACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 30. PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO 31. VIGENCIA Y APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
TÍTULO I. CARACTERIZACIÓN
CAPÍTULO I
HORIZONTE INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 1. TÍTULO DEL PROYECTO EDUCATIVO:
Educación holística desde la equidad, la armonía y el bienestar en función del ser para crear y transformar.
ARTÍCULO 2º. DE LA INSTITUCIÓN
El Colegio Jaime Niño Díez IED (en adelante CJND), es una Institución educativa de carácter oficial, aprobada legalmente mediante resolución de aprobación 7442 del 13 de noviembre de 2023 por la Secretaría de Educación Distrital, para impartir educación Preescolar, Básica Primaria, Secundaria y Media en calendario A; cuenta con una única sede ubicada en la carrera 109B #145 A -17 en Bogotá D. C., localidad de Suba.
2.1 RESEÑA HISTÓRICA
El Colegio Jaime Niño Díez IED – en adelante CJND-, fue inaugurado el día 13 de diciembre de 2023, siendo Alcaldesa de la ciudad la Dra Claudia López Hernández y siendo Secretario de Educación (e) el Dr. Carlos Alberto Reverón en ausencia de la Dra Edna Cristina Bonilla, Secretaria de Educación del Distrito.
Aquí la nota de prensa:
“Esta institución ubicada en la localidad de Suba, carrera 109 B con calle 145, tuvo una inversión superior a los $ 27.000 millones de pesos, destinados a la construcción de dos bloques estructurales de dos pisos cada uno, seis aulas de primera infancia, cinco aulas de básica primaria, seis aulas de básica secundaria, laboratorios, biblioteca, aulas de informática, huerta escolar y cancha múltiple.
“Este colegio es un símbolo de resiliencia, el lote fue afectado por el estallido social y sufrió daños por los desmanes. Sufrimos mucho para terminarlo, no fue fácil, pero luchamos y hoy es una realidad”, recordó Carlos Reverón, secretario de Educación (e).
La institución abrirá 520 nuevos cupos para jornada única en el noroccidente de la ciudad y le rinde homenaje con su nombre a quien fuera profesor, político, sicólogo, académico, ministro de Educación y secretario de Educación en Bogotá en los años 90. “Estamos muy honrados de estar acá y muy agradecidos porque la Alcaldía honre la memoria de mi padre al ponerle su nombre a esta moderna obra de infraestructura educativa”, manifestó Jaime Niño, hijo del exministro.
2.2 RESEÑA BIOGRÁFICA DE JAIME NIÑO DÍEZ
Jaime Niño Díez fue un sociólogo, humanista y académico cuya vida estuvo marcada por una entrega absoluta a la transformación social de Colombia a través del conocimiento. Formado en la Universidad Nacional, entendió desde muy temprano que el aula de clases es el espacio más poderoso para combatir la desigualdad. Su visión no era meramente técnica, sino profundamente humana; creía con firmeza que la educación no debía ser un privilegio de pocos, sino el derecho fundamental que permitiera a los ciudadanos participar plenamente en la construcción de un país más justo.
A lo largo de su trayectoria, asumió con liderazgo los cargos más altos del sector educativo nacional, desempeñándose como Ministro de Educación, Director del ICFES y del ICETEX, además de Secretario de Educación de Bogotá. En cada una de estas facetas, su gestión se caracterizó por un esfuerzo constante hacia la descentralización y la calidad, buscando siempre que las oportunidades académicas llegaran a los rincones más apartados y a los sectores más vulnerables de la sociedad. Como rector y profesor en diversas universidades, dejó una huella imborrable en generaciones de profesionales que vieron en él un ejemplo de rigor intelectual y compromiso ético.
Uno de sus legados más significativos fue el impulso de la Campaña Nacional de Alfabetización «Simón Bolívar», un hito histórico que buscó erradicar el analfabetismo en el país bajo la premisa de que saber leer y escribir es el primer paso hacia la libertad y la dignidad. Asimismo, fue un defensor incansable de la educación pública y un pionero en el desarrollo de modelos educativos para jóvenes y adultos, permitiendo que miles de personas retomaran sus sueños académicos sin importar su edad o condición social.
Hoy, el Colegio Jaime Niño Díez IED porta su nombre no solo como un homenaje a su memoria, sino como un compromiso vivo con sus ideales. Su fallecimiento en 2016 dejó un vacío en la academia, pero su legado permanece en cada institución que, inspirada en su obra, trabaja por una formación integral, crítica y equitativa. Su vida sigue siendo un recordatorio de que educar es, en esencia, un acto de esperanza y una herramienta inagotable para cambiar el mundo.
2.3 SÍMBOLOS DE IDENTIDAD
2.3.1 BANDERA:
2.3.2 ESCUDO:
2.3.3 UNIFORME. A inicios del año 2025, se determinó por parte del consejo directivo el uniforme de la Institución, que consta de:
SUDADERA
Sudadera color azul oscuro con ribetes color gris plata en hombros, bordeando la cremallera y laterales del pantalón.
Camiseta blanca tipo polo manga corta.
Pantaloneta color azul oscuro con ribetes laterales en gris plata Medias deportivas azul oscuro.
Tenis deportivos color azul oscuro.
Gorra deportiva color azul oscuro.
UNIFORME DIARIO FEMENINO
Saco Ref. Vera trenzados de 3 de cuello alto azul oscuro. Cremallera larga y dos bolsillos laterales invisibles con cremallera.
Jardinera a cuadros según modelo, pretina a la cadera, prense chato al frente y posterior, largo 5 cms arriba de la rodilla. Ref policrón según diseño.
Camisa blanca cuello corbata.
Medias pantalón en hilo color azul oscuro.
Zapatos colegiales color azul oscuro.
OPCIONAL: Pantalón tipo chino color camel sin bolsillos externos.
UNIFORME DIARIO MASCULINO
Pantalón tipo chino color caqui.
Camisa blanca cuello corbata.
Medias color azul oscuro.
Zapatos colegiales color azul oscuro.
Saco de cuello alto en hilo, tejido trenzado de 3 según modelo, color azul oscuro, cremallera corta y dos bolsillos laterales invisibles con cremallera.
El escudo debe ir bordado sobre las telas azules en tono color plata tanto en saco de diario como en saco de sudadera.
2.4 MISIÓN
El colegio Jaime Niño Díez IED responde a los desafíos que plantea la globalización con el proyecto de vida de nuestros educandos, a partir del fortalecimiento de las competencias para el siglo XXI con énfasis en gestión empresarial, competencias STEM e inglés como segunda lengua, desde el modelo holístico transformador Escuela, Educación y Pedagogía Transformadora EEPT buscando fomentar el mejoramiento de la calidad de vida de su comunidad.
2.5 VISIÓN
Para el año 2030 el colegio Jaime Niño Díez IED será reconocido por su excelencia educativa en procesos pedagógicos holísticos, que potencien el liderazgo de sus educandos en el marco de las competencias para el siglo XXI y la vivencia de valores con el fin de propender hacia una sociedad más equitativa y sostenible que enfrente los retos del futuro.
2.6 ORIENTACIÓN FILOSÓFICA
“Una visión nueva de la educación capaz de hacer realidad las posibilidades intelectuales, espirituales, afectivas, éticas y estéticas de los colombianos, que garantice el progreso de su condición humana, que promueva un nuevo tipo de hombre consciente y capaz de ejercer el derecho al desarrollo justo y equitativo, que interactúe en convivencia con sus semejantes y con el mundo y que participe activamente en la preservación de los recursos.” (…) “Un hombre nuevo con una actitud mental nueva, consciente de que no hay realidades por imitar sino futuros por construir y en el cual las mejores condiciones de vida que se vayan alcanzando exigirán, no tanto tener más sino ser más, pues esta es la verdadera condición del progreso humano” (Niño, 1998)
2.7 PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
Los principios Institucionales son valores éticos o morales, metas comunes o estrategias de trabajo en equipo, que, por tener en común la característica de ser deseables por sí mismas por la Institución, en función del logro de los objetivos Institucionales, forman parte constitutiva de la filosofía Institucional.
Para el Colegio Jaime Niño Díez IED se destacan los siguientes:
Calidad
Es la característica propia de todo proceso, gestión o producto en los cuales se cumpla con las expectativas, metas u objetivos previamente determinados para los mismos. La calidad como criterio de trabajo y de gestión no ahorra esfuerzos, no omite pasos, busca obtener el máximo resultado al menor costo y en el mínimo de tiempo posible. La calidad se mide a partir de los resultados obtenidos, la aceptación de dichos resultados y la buena evaluación de estos por parte de los beneficiados.
En el Colegio Jaime Niño Díez IED esto se traduce en la búsqueda permanente de los mejores y óptimos resultados, tanto a nivel individual como grupal; dentro del proceso mancomunado de construcción de la misión y la visión Institucional.
Participación
Se entiende como el espacio abierto de confluencia de los diversos intereses en el todo plural que la sociedad por sí misma supone, como ente aglutinador en torno a unos ideales y metas comunes. La participación es entonces el valor institucional que supone la opción de formar parte activa de procesos comunitarios tales como la toma de decisiones, la opinión libre y espontanea. La elección, la postulación, la construcción y la proyección conjunta entre otros. La participación supone necesariamente una toma de conciencia, un ubicarse y un actuar dentro de la comunidad de la cual se forma parte.
En el Colegio Jaime Niño Díez IED la participación se traduce en el tomar parte de manera activa, proactiva, responsable y consiente en todas las iniciativas, los procesos y las retroalimentaciones que se llevan a cabo en los diversos estamentos institucionales. Participar es hacerse parte de, involucrase con, elegir, ser elegido y asumir compromisos en general para el bien común.
Equidad
Valor ético consistente en dar a cada quien lo que por derecho propio le corresponde, sin hacer prevalecer privilegios o intereses particulares sobre los del grupo o los directamente implicados, la Equidad como criterio en el desarrollo de todos los procesos sociales, pedagógicos o formativos; se sostiene sobre la base del valorar a todas las personas de igual forma, en función de conseguir y construir un equilibrio de intereses dentro del grupo, en donde la más beneficiada es la comunidad.
La Equidad como valor y como realidad social es deseable en el seno de todo conglomerado humano por cuanto garantiza la objetividad y la transparencia en los procesos de tal manera que cada individuo se siente tenido en cuenta y por lo tanto importante dentro del engranaje comunitario.
La Equidad en el Colegio Jaime Niño Díez IED es un valor irrenunciable por cuanto las relaciones equitativas y coordinadas entre los diversos estamentos garantizan un clima institucional sano y acorde con las expectativas tanto individuales como de la comunidad.
Compromiso
Valor ético consistente en asumir una línea sostenida de pensamiento y comportamiento frente a un aspecto determinado del vivir o del actuar en realidad inmediata. El compromiso involucra al individuo en tanto persona, en tanto trabajador, padre de familia o estudiante en función de aquello que se ha fijado como meta alcanzar, construir o llevar adelante. Ser comprometido es dejar una parte positiva de si mismo e imprimir el propio sello en el estudio, en el trabajo y en el convivir; de tal manera que la persona se fija un nuevo norte que dota de sentido y de nuevos significados a todos los procesos que a partir de ahí se lleven a cabo.
Ser comprometido implica necesariamente asumir una postura clara ante la vida, en función de unas realizaciones determinadas, de cuyo logro depende el demostrarse a sí mismo y a los demás que se está a la altura de las circunstancias, de la propia investidura y de la imagen que otras personas tienen de nosotros. El compromiso en el Colegio Jaime Niño Díez IED involucra una parte importante de los individuos mismos en todos los procesos. Se debe armar aquello que se hace y no se debe menoscabar ningún tipo de esfuerzo, ejecutoria o iniciativa con tal de verlo coronado de éxitos, en función del beneficio de la institución toda. Ser comprometido es ser puntual a todos los niveles, ordenado, prudente y dueño de una educación y espíritu de cordialidad a toda prueba.
Responsabilidad
Valor ético consistente en asumir los resultados de los propios actos, con conciencia de lo hecho y a partir de una valoración justa y veraz de las consecuencias. Se es responsable cuando se cumple a cabalidad con las obligaciones previa y libremente contraídas; cuando se cumple con la palabra empeñada y cuando se desarrollan plenamente funciones o atribuciones inherentes al propio cargo, condición o investidura. La responsabilidad a nivel de gestiones y de despeños de vida en términos generales es deseable por sí misma, por cuanto le indica a cada individuo lo que debe realizar sin esperar que nadie se lo advierta, se lo recuerde o se lo informe.
La persona responsable es previsiva, persistente en el logro de sus objetivos y sacrifica una parte de su propio espacio con tal de ver cumplidas sus obligaciones. De esta forma se entiende y se asume este valor ético de imperiosa necesidad en el Colegio Jaime Niño Díez IED.
Unidad
Este Valor se asume como resultado a partir del sentido de pertenencia con la Institución y de cada integrante de la comunidad, que nos lleva a constituir ese todo coherente y armónicamente ordenado que sea el Colegio Jaime Niño Díez IED.
La unidad es entonces una realidad actual de nuestra comunidad educativa, múltiple en términos de participación y de integración; una en términos de identidad para con unos ejes y valores rectores comunes a todos los integrantes del conglomerado educativo Jaimista.
Es así como la unidad se entiende entonces como la característica propia de nuestra comunidad en sus diversos estamentos de formar un todo armónico y equilibrado, a partir de la perfecta integración y conjunción de sus partes. Resultado de este valor institucional es la prevalencia del bien y el interés comunitario sobre los meramente individuales. En el Colegio Jaime Niño Díez IED el espíritu colectivo de la unidad conlleva a los diferentes integrantes de la institución a trabajar, abierta y desinteresadamente, a favor de la consecución de los logros y metas previamente determinados para el bien de todos.
Planeación
Principio institucional consistente en el hábito, la actitud y la mentalidad que le permiten a los individuos y/o estamentos de la comunidad educativa, diseñar y trazarse un plan previo a la consecución de unos objetivos o metas determinadas. La planeación se entiende entonces como la racionalización organizativa y ponderada de toda acción futura, partiendo para ello de unas valoraciones previas en términos de tiempo e inversión de trabajo y energía, que permitan asegurar un alto índice de probabilidades de éxito en la ejecución misma de dichas acciones.
La planeación implica necesariamente un proyectarse hacia el futuro, es un prever, trazarse límites, un organizar y un reconocer las propias capacidades y debilidades ante un futuro mediato e inmediato. Todo ello con miras a afrontar los retos del mañana con dispositivos veraces y acordes a las necesidades y exigencias que las circunstancias nos impongan.
En el Colegio Jaime Niño Díez IED, el hábito, la actitud y la mentalidad de la planeación son inherentes a la condición misma de LA FILOSOFÍA JAIMISTA, por cuanto se buscan los mejores y óptimos resultados en las iniciativas y ejecutorias institucionales, a partir de diagnósticos de la realidad y de procesos permanentes de retroalimentación de las vivencias en el entorno. La planeación implica necesariamente concertación procesos de consulta proyección construcción conceptualización y valoración de la realidad en la cual se vive y en la cual se es parte.
2.8 VALORES ÉTICOS
Los valores éticos institucionales son aquellas unidades del saber moral tradicional y socialmente aceptado, que norman, orientan y dirigen el pensar, el actuar y -en una palabra, el vivir de las personas e instituciones que libre y espontáneamente los asume como parte holística de su propia filosofía. EL Colegio Jaime Niño Díez IED, ha retomado de la tradición ética y moral occidental y colombiana los siguientes:
Respeto
Valor ético consistente en concederles a los demás, ya se trate de personas, ideas, instituciones o realidades, la atención, valor y trato que se merecen, sin pretender cambiarlos a nuestro acomodo e intereses personales. Se es por tanto respetuoso cuando se aceptan y reconocen en el otro unos derechos y unas obligaciones iguales a los nuestros, en igualdad de condiciones.
Ser respetuoso implica por tanto ser tolerante, justo y equitativo. Implica valorar al otro o a los otros como esperaríamos que ellos lo hiciesen con nosotros, privilegiando siempre la condición de ser humano en términos de desinteresada y abierta reciprocidad. La persona respetuosa es de un trato considerado y medio hacia los demás, agota siempre todas las reglas de la urbanidad, no se salta los conductos regulares, pide permiso, reconoce la autoridad establecida y rinde abierta cuenta de sus actos y gestiones sin ningún tipo de reserva.
El respeto es un elemento fundamental en la diaria praxis del Colegio Jaime Niño Díez IED. por cuanto sobre su base se desarrollan los distintos tipos de relaciones sociales que coadyuvan desde la esfera individual al crecimiento diario y progresivo de nuestra institución.
Identidad
Valor ético social consistente en hacer coincidir la propia forma de pensar, los postulados morales, de vida y de acción con los de un determinado conglomerado social o entidad, que para el caso nuestro es el Colegio Jaime Niño Díez IED. y su correspondiente comunidad educativa.
La identidad implica necesariamente el definir una parte de la propia realidad, conciencia y mentalidad a partir del ser integrante de un colectivo de individuos los cuales se aglomeran en torno a una línea concreta de valores, posturas o actitudes ante la vida, en aras de un bien común.
Ser y decirse identificado con, es tanto como verse reflejado en, ser interpretado por y sentirse en buena medida constituido a partir de: un conjunto de valores predeterminados compartidos por otras personas con perfiles similares al nuestro.
La identidad JAIMISTA tiene relación con la ética de la tolerancia, la participación y el culto a la verdad. Con el mejoramiento permanente de la calidad, con el ideal cívico de construcción de un país y una nacionalidad y con el compromiso para el proyecto histórico nacional de la República de Colombia.
Honestidad
Valor ético consistente en rendirle culto a la verdad en todos y cada uno de los propios actos, logrando el equilibrio perfecto entre los intereses individuales y los de la comunidad a la cual pertenecemos. La honestidad se entiende entonces como el actual de manera abierta, calara y transparente, sin inclinar la balanza del beneficio hacia ninguna de las partes en cuestión.
Ser honesto equivale entonces a hablar y actuar siempre con arreglo a la verdad, a ser objetivos en nuestras actuaciones de manera tal que cualquier persona pueda, sin inconveniente, tomarnos cuentas de nuestras actuaciones o ejecutorias. La persona honesta no rehúye la verdad porque se identifica en todo con ella, no teme a las evaluaciones porque sus actuaciones hablan por sí mismas, no necesita que le hagan reconvenciones porque es leal a los compromisos y obligaciones que ha adquirido, los cuales en ningún momento desconoce y adelanta con cumplimiento y pulcritud.
En el Colegio Jaime Niño Díez IED la honestidad es un valor fundamental porque a partir de él se determina con toda claridad el tipo y la calidad ética del personal con que se cuenta y se ha de contar en cada equipo de trabajo. Es por ello que la honestidad en la institución es un valor de carácter irrenunciable no negociable.
Lealtad
Valor ético consistente en manifestar adhesión incondicional, tanto en hechos como en ideas o palabras a una determinada institución o línea de pensamiento. El valor de la lealtad se entiende entonces como el comportamiento sostenido que lleva a las personas a mantenerse dentro de una esfera determinada de valores y procedimientos, sin ningún tipo de excepción a la regla.
Se es leal cuando se procede dentro de los lineamientos institucionales, para nuestro caso, cuando se mantiene una línea coherente de acción, ejecución, evaluación y proyección. Cuando se cumple con el propio deber sin esperes la conminación a ello y sin necesidad de ser inspeccionado en su cumplimiento. La lealtad se complementa entonces con la honestidad y la unidad, como valores éticos del individuo ante la sociedad.
La lealtad supone necesariamente la aceptación previa de una determinada normatividad o unos principios en conformidad con los cuales se actúa, se piensa y re proyectan realizaciones futuras. Es si como se vive y se entiende en el Colegio Jaime Niño Díez IED.
Trascendencia
Valor ético trascendental consistente en ir más allá de los propios límites terrenales, en procura permanente del perfeccionamiento individual, en términos del contacto sostenido y de la relación con la divinidad. Trascender es ir más allá de, es proyectarse a sí mismo, es entrar en relación con y es autoafirmarse.
La trascendencia supone necesariamente la prevalencia de lo espiritual sobre lo material y lo racional, como prerrequisito para hallar la esencia de sí mismo y darle un sentido novedoso y transformador a la propia vida. La persona trascendente se siente parte de y se proyecta esperanzadoramente hacia el fututo, sobre la convicción de ser protegida y guiada por alguien muy especial que no habrá de desampararla en ningún momento.
Es así como la trascendencia brinda el sentido espiritual de la seguridad en sí mismo y dota al individuo de la fuerza, la determinación y el coraje necesarios para superarse a sí mismo en la ingente tarea de construir y hacer realidad su propio proyecto de vida.
La trascendencia en el Colegio Jaime Niño Díez IED se asume en términos de construcción espiritual y teleológica del propio proyecto de vida, a partir de la aceptación, la afirmación y la vivencia del hombre holístico transformador en todos y cada uno de los momentos del existir, como realidad latente, promisoria y dadora de vida y de sentido.
2.9 FINES DE LA EDUCACIÓN
La Ley General de educación – Ley 115 de 1994, establece los fines y objetivos de la educación en Colombia y de conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:
FINES DE LA EDUCACIÓN
1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación holística, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vi da económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.
6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.
8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.
9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.
11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.
12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención holística de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.
13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.
2.10 OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN (Artículo 13)
Es objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo holístico de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a:
OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
a) Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes
b) Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos
c) Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la responsabilidad
d) Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable
e) Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional
f) Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional
g) Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo
h) Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos
2.10.1 OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA EDUCACIÓN PREESCOLAR
La Ley 115 de 1994 en el artículo 16 establece que son objetivos específicos de la educación preescolar, los siguientes:
OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN PREESCOLAR
• El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades de acción, así como la adquisición de su identidad y autonomía
• El crecimiento armónico y equilibrado del niño, de tal manera que facilite la motricidad, el aprestamiento y la motivación para la lecto-escritura y para las soluciones de problemas que impliquen relaciones y operaciones matemáticas
• El desarrollo de la capacidad para adquirir formas de expresión, relación y comunicación y para establecer relaciones de reciprocidad y participación, de acuerdo con normas de respecto, solidaridad y convivencia
• La vinculación de la familia y la comunidad al proceso educativo para mejorar la calidad de vida de los niños en su medio, y
• La formación de hábitos de alimentación, higiene personal, aseo y orden que generen conciencia sobre el valor y la necesidad de la salud.
2.10.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN EL CICLO DE PRIMARIA
Los cinco (5) primeros grados de la educación básica que constituyen el ciclo de primaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes, conforme al artículo 21 de la Ley 115 de 1994:
OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA
• La formación elemental de los valores fundamentales para la convivencia en una sociedad democrática, participativa y pluralista
• El desarrollo básico de las habilidades comunicativas básicas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en lengua castellana y también en la lengua materna, en el caso de los grupos étnicos con tradición
• El desarrollo de los conocimientos matemáticos necesarios para manejar y utilizar operaciones simples de cálculo y procedimientos lógicos elementales en diferentes situaciones, así como la capacidad para solucionar problemas que impliquen estos conocimientos
• La valoración de la higiene y la salud del propio cuerpo y la formación para la protección de la naturaleza y el ambiente
• El conocimiento y ejercitación del propio cuerpo, mediante la práctica de la educación física, la recreación y los deportes adecuados a su edad y conducentes a un desarrollo físico y armónico
• El desarrollo de los valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia humana
• La formación básica artística mediante la expresión corporal, la representación, la música, la plástica y la literatura
2.10.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN EL CICLO DE SECUNDARIA
(ley 115 de 1994 art. 22)
Los cuatro (4) grados subsiguientes de la educación básica que constituyen el ciclo de secundaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes:
OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA
• El desarrollo de la capacidad para comprender textos y expresar correctamente mensajes complejos, orales y escritos en lengua castellana, así como para entender, mediante un estudio sistemático, los diferentes elementos constitutivos de la lengua;
• La valoración y utilización de la lengua castellana como medio de expresión literaria y el estudio de la creación literaria en el país y en el mundo;
• El desarrollo de las capacidades para el razonamiento lógico, mediante el dominio de los sistemas numéricos, geométricos, métricos, lógicos, analíticos, de conjuntos de operaciones y relaciones, así como para su utilización en la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, de la tecnología y los de la vida cotidiana;
• El avance en el conocimiento científico de los fenómenos físicos, químicos y biológicos, mediante la comprensión de las leyes, el planteamiento de problemas y la observación experimental;
• El desarrollo de actitudes favorables al conocimiento, valoración y conservación de la naturaleza y el ambiente;
• La comprensión de la dimensión práctica de los conocimientos teóricos, así como la dimensión teórica del conocimiento práctico y la capacidad para utilizarla en la solución de problemas;
• La iniciación en los campos más avanzados de la tecnología moderna y el entrenamiento en disciplinas, procesos y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil;
• El estudio científico de la historia nacional y mundial dirigido a comprender el desarrollo de la sociedad, y el estudio de las ciencias sociales, con miras al análisis de las condiciones actuales de la realidad social;
• El estudio científico del universo, de la tierra, de su estructura física, de su división y organización política, del desarrollo económico de los países y de las diversas manifestaciones culturales de los pueblos;
• La formación en el ejercicio de los deberes y derechos, el conocimiento de la Constitución Política y de las relaciones internacionales;
• La apreciación artística, la comprensión estética, la creatividad, la familiarización con los diferentes medios de expresión artística y el conocimiento, valoración y respeto por los bienes artísticos y culturales;
• La comprensión y capacidad de expresarse en una lengua extranjera;
• La valoración de la salud y de los hábitos relacionados con ella;
• La utilización con sentido crítico de los distintos contenidos y formas de información y la búsqueda de nuevos conocimientos con su propio esfuerzo, y
• La educación física y la práctica de la recreación y los deportes, la participación y organización juvenil y la utilización adecuada del tiempo libre.
2.10.4 OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN EL CICLO DE MEDIA
Son objetivos específicos da alcanzar en la educación media académica, conforme al artículo 30 de la Ley 115 de 1994:
OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN MEDIA
• La profundización en un campo del conocimiento o en una actividad específica de acuerdo con los intereses y capacidades del educando;
• La profundización en conocimientos avanzados de las ciencias naturales;
• La incorporación de la investigación al proceso cognoscitivo, tanto de laboratorio como de la realidad nacional, en sus aspectos natural, económico, político y social;
• El desarrollo de la capacidad para profundizar en un campo del conocimiento, de acuerdo con las potencialidades e intereses;
• El fomento de la conciencia y la participación responsable del educando en acciones cívicas y de servicio social;
• La capacidad reflexiva y crítica sobre los múltiples aspectos de la realidad y la comprensión de los valores éticos, morales, religiosos y convivencia en sociedad.
ARTÍCULO 3. PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Conforman la comunidad educativa del CJND los educadores, directivos y administrativos, los estudiantes, padres y madres de familia, los cuidadores o representantes legales de los menores y el personal de servicios.
Se busca su participación dentro del proceso de consolidación del proyecto educativo institucional y para ello, se definen sus perfiles con las siguientes características:
3.1 PERFIL DEL ESTUDIANTE JAIMISTA
– El estudiante del CJND, se caracteriza por su desarrollo holística, asumiendo comportamientos responsables y dignificantes a través de la adquisición y apropiación de habilidades y competencias en lo cognitivo, ambiental y psicosocial, que le permitan desempeñarse en forma eficiente, eficaz y exitosa en su proyecto de vida.
– En lo intelectual- académico el estudiante del CJND se reconoce por ser propositivo y desarrollar competencias y habilidades cognitivas que le permitan generar pensamiento crítico, y llevar su experiencia académica a la resolución de problemas de la vida cotidiana.
– En lo procedimental el estudiante del CJND se reconoce por utilizar su creatividad y pensamiento para el desarrollo de las habilidades investigativas que le permiten planear y ejecutar proyectos orientados al mejoramiento de su calidad de vida y la de su comunidad.
– En lo actitudinal el estudiante del CJND se reconoce por ser autónomo, con gran capacidad de liderazgo, demostrando un comportamiento altruista, respeto hacia sí mismo, hacia los otros y hacia el medio ambiente, desarrollando un alto sentido de solidaridad y pertenencia institucional
– Igualmente, demuestra con su ser, su sentir, su saber, su hacer, su vivir y su convivir, los valores y principios en que se ha formado, reconociendo en el otro los mismos derechos que reconoce para sí y cumpliendo con los deberes que la sociedad colombiana considera necesarios para la construcción de la paz real en la vida diaria.
3.2 PERFIL DEL EDUCADOR JAIMISTA
– El/la educador del CJND se caracteriza como un ser humano sensible, afectuoso y exigente, profesional de la educación al servicio de la educación oficial, que adopta el proyecto educativo institucional, desarrolla y fortalece sus habilidades y competencias en los ámbitos cognitivo, procedimental y actitudinal, desarrollando en sí mismo y en sus estudiantes los valores y principios institucionales.
– En lo intelectual- académico, el educador del CJND se reconoce por ser un profesional de la pedagogía holística, conocedor de su disciplina, capaz de generar estrategias didácticas y metodológicas acordes al modelo institucional; es un profesional en permanente formación y actualización interdisciplinar, permitiéndole responder a las necesidades educativas de las actuales generaciones.
– En lo procedimental, el educador del CJND se reconoce por ser un profesional reflexivo, propositivo y proactivo, conocedor de sus estudiantes y de su contexto, capaz de diseñar y desarrollar ambientes de aprendizaje que respondan las necesidades de la comunidad educativa.
– En lo actitudinal, el educador del CJND se reconoce por ser un profesional ético que actúa coherente y consecuentemente con los principios establecidos en el PEI, interesado por desarrollar procesos de formación holística, ejerciendo el código de integridad de la SED. En este sentido, es respetuoso de la diversidad, del pensamiento divergente, de las diferentes creencias y expresiones culturales, religiosas y filosóficas de sus compañeros, sus estudiantes y las familias.
– Se destaca por ser un líder y motivador del cambio social y por ser exigente con afecto y respeto.
– En lo comunicativo, el educador del CJND se expresa con afecto y sinceridad, explicando y argumentando sus puntos de vista y manteniendo una comunicación asertiva, respetuosa, franca y honesta con todos los miembros de la comunidad educativa.
3.3 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA ACUDIENTE
El padre/madre de familia del CJND se caracteriza por:
– El acompañamiento asertivo y respetuoso en los procesos de formación de su hijo/a.
– Adquirir, desarrollar y fortalecer su inteligencia emocional, habilidades, competencias y comportamientos que contribuyan a la formación holística del estudiante.
– Ser una persona que aporta con el ejemplo a la formación de su hijo y favorecer sus procesos de aprendizaje, propendiendo por facilitar a todos los integrantes de su familia el acceso al conocimiento, la ciencia y la tecnología; constituyéndose a su vez, en el primer promotor de la formación cultural y social de sus hijos.
– Participar activamente en la formación de buenos hábitos de desarrollo personal, comportamiento y estudio en sus hijos, para que esto facilite su aprendizaje y sana convivencia. Adicionalmente, contar con la capacidad de acompañar y orientar adecuadamente el proceso de formación holística
– Mostrarse comprometido/a con su familia, cumplir con su responsabilidad como promotor de valores y principios éticos; ser colaborador y participativo,
– Contribuir a la promoción y cumplimiento de las normas establecidas en la institución y cumplir con el debido proceso ante las diferentes instancias del Colegio para la solución de un conflicto de cualquier índole.
3.4 PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE
El CJND está liderado por profesionales pedagógos idóneos que, en el ejercicio de su labor, promueven la calidad en la educación y el buen clima institucional
– En lo intelectual- académico, el directivo del CJND se reconoce por su trayectoria académica y laboral, por actualizarse y liderar los temas pedagógicos, didácticos, administrativos, financieros y legales. Es un conocedor y promotor de la innovación pedagógica.
– En lo procedimental, el directivo del CJND se reconoce por su capacidad para gestionar, dirigir y orientar la institución educativa, por su proactividad e iniciativa para alcanzar los objetivos institucionales y el desarrollo del PEI.
– En lo actitudinal el directivo CJND se reconoce por vivenciar los valores, principios y normas institucionales, ser promotor de una sana y armónica convivencia.
– Es una persona que se comunica asertivamente con los diferentes miembros de la comunidad educativa, que escucha, dialoga y resuelve las situaciones que se presenten con respeto y siguiendo los protocolos y procedimientos establecidos por la SED y el presente acuerdo convivencial.
3.5 PERFIL DEL FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO
Los funcionarios administrativos del CJND se caracterizan por:
– Ser funcionarios con sentido de pertenencia institucional, desarrollando habilidades y competencias que permitan el funcionamiento efectivo y eficaz de las diferentes dependencias institucionales.
– Por ser un funcionario idóneo para ejercer su cargo que le permita realizar sus funciones de manera óptima, interesado en actualizarse en las tareas propias de su labor y en el uso de diversas tecnologías
– Por ser una persona que cumple a cabalidad con sus funciones, con actitud positiva y buena disposición para la atención al público y para colaborar en las diversas actividades de la vida institucional.
– Por ser una persona que establece adecuadas relaciones interpersonales, fundamentadas en el respeto, la solidaridad y la colaboración, contribuyendo a una armónica convivencia institucional, ejerciendo el código de integridad de la SED.
ARTÍCULO 4. DECÁLOGO JAIMISTA
Como miembros de la comunidad educativa del CNJD, manifestamos que creemos en los siguientes 10 principios rectores de nuestro quehacer educativo:
1. Una convivencia sana y pacífica a través de la concertación y el diálogo.
2. El desarrollo de las habilidades y competencias en el marco del modelo holístico
transformador.
3. El Mejoramiento de la calidad de vida por medio del aprendizaje para la vida
4. El respeto como eje generador de valores.
5. El Colegio como espacio generador de paz, de encuentro y alegría para la comunidad educativa.
6. El crecimiento espiritual del ser humano independientemente de las concepciones y doctrinas religiosas.
7. El trabajo en equipo como generador de innovación.
8. La ética del cuidado como parte de la identidad institucional.
9. El bienestar social y emocional de los miembros de la comunidad educativa como acción promotora de convivencia y paz.
10. La creatividad y la innovación como ejes fundamentales de una manera distinta de construir acciones pedagógicas.
CAPÍTULO II
MARCO JURÍDICO Y FUNDAMENTO LEGAL
ARTÍCULO 5. DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE
La comunidad educativa del CJND, se declara respetuosa de todas las normas que regulan las actuaciones de las personas en el mundo y en Colombia, y para el caso del funcionamiento institucional se da cabal cumplimiento al siguiente fundamento y referente normativo:
5.1 NORMAS GENERALES
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos, consagrados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y adoptados por la República de Colombia.
- La Constitución Política de Colombia desde el Artículo 13 que establece la igualdad ante la ley, de tal manera que el Manual de Convivencia es un instrumento que garantiza la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa, sin ningún tipo de discriminación. Asimismo, los postulados de los Artículos 27, 41, 44, 45, 67, 68, 73 a 80, 82, 85 y 86 relacionados con los Derechos Fundamentales y la Educación de los colombianos.
- La Ley General de Educación 115 de 1994 en el Artículo 73 mediante el cual se establece la obligatoriedad de adopción del Proyecto Educativo Institucional (PEI) frente a la Misión de la IED. Además, el Artículo 87 en el cual se hace referencia a que una institución educativa de carácter formal debe construir un Pacto o Manual de Convivencia Estudiantil: “Los establecimientos educativos tendrán un Reglamento o Manual de Convivencia en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores al firmar la matrícula correspondiente, en representación de los estudiantes, aceptan lo establecido en dicho Manual”. También, la Ley 115 de 1994 y lo reglamentado en el Decreto 1860 en los Artículos 1, 2, 5, 7, 10 al 15, 20, 23 a 28, 31, 32, 36, 46, 50 64, 80 a 82, 85, 93, 94, 142, 143, 144 y 145, que son los soportes para el diseño del Manual de Convivencia, denotando una total coherencia con toda la legislación curricular vigente.
- Ley 715 de diciembre 21 de 2001 que establece las normas orgánicas en materia de formulación de competencias, políticas y objetivos que orientan el servicio educativo en el País.
- Todas las resoluciones reglamentarias respecto del niño y del adolescente, dentro de las cuales se destacan:
- La Ley 1098 de 2006 – Código de la Infancia y Adolescencia, artículos 320 al 325;
- La Ley 30 de 1986 por la cual se responsabiliza a las Secretarías de Educación para desarrollar programas preventivos de la drogadicción y de las instituciones educativas privadas y oficiales de todos los tipos y niveles y sus decretos reglamentarios;
- La ley 181 – Ley del Deporte y su Resolución 4210 de 1996 sobre el Servicio Social;
- El Código de Policía Acuerdo 79 de 2003 del Concejo de Bogotá que nos remite a las reglas mínimas que deben respetar y cumplir todas las personas en el Distrito Capital para propender por una sana convivencia ciudadana.
- Acuerdo 004 de 2000 del Concejo de Bogotá por el cual se crean los Comités de Convivencia en los establecimientos educativos oficiales y privados del Distrito Capital.
- Decreto 1290 de 2009 por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.
- Resolución No. 175 de enero 28 de 2010 por la cual se fijan las directrices para la conformación de las instancias de participación y representación del sector educativo en el nivel institucional, local y distrital de Bogotá D.C.
- La Ley 1620 de 2013 que crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, así como su decreto reglamentario 1965 de 2013.
- El Decreto1075 de 2015 o Decreto Unico del Sector educación DURSE, que compila todas las normas vigentes para el sector.
Adicionando a lo anterior, se retoman las orientaciones del documento elaborado por la articulación de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales, la Dirección de Inspección y Vigilancia y la Secretaría de Educación del Distrito para la Revisión, fortalecimiento y actualización de los manuales de convivencia escolar hacia la incorporación del enfoque de género, enfoque diferencial por orientación sexual e identidad de género y enfoque restaurativo. Se incorporan entonces, los siguientes lineamientos normativos:
- Establecer los lineamientos para implementar el enfoque de género y derechos de las mujeres (Decreto 166 DE 2010).
- Velar por la exclusión de normas discriminatorias y prohibitivas contra NNA LGBTI que aseguren un clima de convivencia acorde a la ley y derechos establecidos en la Constitución Nacional (Decreto 062 de 2014).
- Actuar y direccionar los derechos y deberes de los estudiantes desde una perspectiva de género, nuevas masculinidades, equidad e igualdad sin importar su nacionalidad. (Resolución 800 del 2015).
- Permitir a la población migrante su participación en espacios para el desarrollo de la educación, la ciencia, la cultura, el arte, la investigación, el deporte y la integración social de los ciudadanos migrantes. (Decreto 1465 de 2011Sistema Nacional de migraciones)
Por consiguiente, los derechos y deberes son atributos propios de todos los individuos que en el Colegio JAIME NIÑO DÍEZ IED podrán disfrutar independiente de su etnia, edad, sexo, género, nacionalidad, clase, creencias religiosas o políticas debido a la vinculación de estudiantes migrantes y refugiados en Colombia que provienen de Venezuela, situación que ha conllevado al diseño e implementación de diversas estrategias de acceso, acogida, permanencia y calidad para que los niños, niñas y adolescentes provenientes de ese país se les garantice que gocen del derecho a la educación sin discriminación.
5.2 REFERENTE JURISPRUDENCIAL – SENTENCIAS HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL
La fundamentación legal, en lo pertinente, se complementa con algunos fragmentos de Sentencias de la Honorable Corte Constitucional que a continuación se relacionan, como guía y soporte de nuestro debido proceso interno y la ruta de atención que exige la ley 1620 de 2013. Para tal articulación, se presentan las siguientes citas:
Sentencia T-671 de 2003: Define los deberes del estudiante. La permanencia de los educandos en el sistema educativo está condicionada a su concurso activo en la labor formativa intelectual y disciplinaria, y por ello, la falta de rendimiento, la indisciplina reiterada y la ausencia de motivación y compromiso con la instancia educativa, pueden tener la suficiente entidad como para que el alumno sea retirado del establecimiento o no sea aceptado nuevamente en el lugar donde debía responder y no lo logra por su propia causa.
Sentencia T-917 de 2006: Define que la protección al derecho a la dignidad humana, como a la intimidad y autonomía de los menores no se circunscribe a la garantía de un proceso disciplinario que sancione a los agresores, sino también comprende la provisión de un proceso restaurativo que ofrezca una adecuada reparación a la víctima y restaure los vínculos de las partes con la comunidad. Posteriormente, la sentencia explicará que las prácticas relacionadas con la justicia restaurativa pretenden reparar los tejidos psicológicos y sociales tanto de la víctima como del agresor y la comunidad, siempre y cuando exista voluntad explícita de todas las partes. Finalmente, dentro de las resoluciones de la Corte se ordena al colegio que, en el evento en que a) el menor afectado así lo acepte de manera expresa e informada y b) alguno de los menores disciplinados vuelva a ser o haya seguido siendo parte de la comunidad educativa, se diseñe un mecanismo para reparar los daños causados y restablecer los vínculos con la comunidad, el cual puede consistir en una modalidad de proceso restaurativo. De igual manera, advierte sobre la necesidad de actualizar el Manual de Convivencia de la institución.
Sentencia T-565 de 2013: Conceptualiza sobre la Protección de la orientación sexual e identidad de género en los Manuales de Convivencia.
Sentencia T- 804 de 2014: Emite el concepto sobre el derecho garantía a la educación de estudiantes transgénero y diferente orientación sexual e identidad de género, conceptuando que la no garantía del derecho para estas personas resulta para la ley colombiana un trato discriminatorio. Emitiendo concepto sobre la diferenciación entre orientación sexual e identidad de género.
Sentencia T- 478 de 2015: Se ordena al Ministerio de Educación Nacional (MEN) implementar acciones tendientes a la creación definitiva del Sistema Nacional de Convivencia Escolar de acuerdo a lo señalado por la Ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965 de 2013. Particularmente, se ordena que en el plazo señalado, se adopten las siguientes medidas:…“i) una revisión extensiva e holística de todos los Manuales de Convivencia en el país para determinar que los mismos sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género de los estudiantes y para que incorporen nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como que contribuyan a dar posibles soluciones a situaciones y conductas internas que atenten contra el ejercicio de sus derechos; y ordenar y verificar que en todos los establecimientos de educación preescolar, básica y media estén constituidos los comités escolares de convivencia….”
Sentencia T-695 de 1999, precisó:: «Si bien los reglamentos o manuales de convivencia obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, no pueden desconocer los principios que emanan de la Constitución, sino que deben ser la expresión de dichas normas, porque regulan los derechos y deberes de los estudiantes dentro de la comunidad educativa considerando que cada institución educativa establece sus propias normas de convivencia en relación con el tipo de formación académica, los padres y los estudiantes antes de realizar la matrícula deben informarse completamente sobre las políticas que se tienen reglamentadas. En esta sentencia se sostuvo al respecto: «Hay que tener en cuenta que los padres al firmar la matrícula al inicio de cada año escolar están aceptando todas las normas del colegio. Además, no hay que olvidar que hay un contrato de inscripción que hay que cumplir». Por tal efecto, los padres están en el derecho de conocer el manual y de informarse de todas las normas que establece la institución educativa antes de inscribir a su hijo. Así mismo, según la funcionaria, los colegios deben ser muy claros con sus políticas y exigencias una vez los padres se acerquen a la institución para averiguar el currículo. Con esta participación, será posible evitar malos entendidos y los padres tanto como los estudiantes podrán saber bajo qué normas están regidos. En el momento de la elección del colegio, los padres deben tener en cuenta el tipo de formación académica y disciplinaria que quieren para sus hijos. De este modo podrán enfocarse hacia la institución que más se acerque a esos intereses.
SENTENCIA T-390/11 La aplicación de sanciones por parte de los establecimientos educativos debe cumplir con un debido proceso, plasmado en el correspondiente Manual de Convivencia, en el cual se establezca cómo, cuándo y por qué se inicia la acción, cómo se procede en cada paso hasta la aplicación de la sanción por parte del Consejo Directivo, si la hubiere y el trámite de los recursos correspondientes. En todo el proceso se definen las instancias, los términos de tiempo y el derecho a la defensa del estudiante implicado.
SENTENCIA T-565 de 2013. Se ordena adelantar, un proceso de adaptación del Manual de Convivencia – particularmente de sus reglas disciplinarias- a las normas constitucionales asociadas al respeto por las decisiones de los estudiantes en materia de orientación sexual, y en especial en procura de propiciar su autonomía y erradicar la discriminación por motivos de esa naturaleza.
SENTENCIA T-478 de 2015,: “Se ordena que en el plazo señalado se adopten las siguientes medidas, 1- una revisión extensiva e holística de todos los Manuales de Convivencia en el país, para determinar que los mismos sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género de los estudiantes y para que incorporen nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como que contribuyan a dar posibles soluciones a situaciones y conductas internas que atenten contra el ejercicio de sus derechos 2-) Ordenar y verificar que en todos los establecimientos de educación preescolar, básica y media estén constituidos los comités escolares de convivencia”
Sentencia T-349 de 2016. Derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad y Manual de Convivencia estudiantil. “Si un plantel educativo tiene la intención de que sus estudiantes adopten un estilo en su cabello o cualquier aspecto estético que el plantel considera apropiado para el adecuado desarrollo de la actividad educativa, deben instarlos a ello a través de las herramientas pedagógicas propias del aprendizaje y no a través de normas impositivas que no responden a una finalidad constitucionalmente imperiosa”.
Este Manual de Convivencia es respetuoso del artículo 16º de la Constitución Nacional que consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, pero a su vez acoge los conceptos emitidos por la corte constitucional en sus sentencias: (sentencia 519 de 1992; Sentencia 002 de 1992; Sentencia T-569 de 1994; Sentencia 037 de 1995; Sentencia T-366 de 1997); en donde se entiende que: “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo al que está vinculado. adicionalmente establecen que “aunque la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios; de allí no debe entenderse que la institución educativa este obligada a mantener entre sus estudiantes a quien de manera constante y reiterada, desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el Manual de Convivencia, ya que semejantes conductas además de constituir incumplimiento de los deberes que son inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución, representa un abuso del derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al colegio alcanzar los fines que le son propios”
La inobservancia de estos deberes del estudiante permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la constitución y de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo. El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento o Manual de Convivencia y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de estudiante».
CAPÍTULO III DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN
ARTÍCULO 6. DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y SU GARANTÍA
El CJND es una Institución educativa de carácter oficial y como tal, está llamada a garantizar por los medios a su disposición, la garantía del derecho a la educación y la atención a todos los niños, niñas y jóvenes que sean asignados.
Aquí algunos conceptos sobre este particular:
6.1 DERECHO A LA EDUCACIÓN
“La permanencia de los educandos en el sistema educativo está condicionada a su concurso activo en la labor formativa, intelectual y disciplinaria, y por ello, la falta de rendimiento, la indisciplina reiterada y la ausencia de motivación, así como de compromiso con la instancia educativa pueden tener la suficiente entidad como para que el alumno sea retirado del establecimiento o no sea aceptado nuevamente en el lugar donde debía responder y no lo logra por su propia causa” T-671 de 2003. M.P. Rodrigo Escobar Gil.
6.2 SERVICIO EDUCATIVO
“El servicio educativo comprende el conjunto de normas jurídicas. Los programas curriculares; la educación por niveles y grados; la educación no formal e informal; los establecimientos educativos; las instituciones sociales (estatales o privadas) con funciones educativos, culturales y recreativos; los recursos humanos, administrativos, financieros, tecnológicos, metodológicos y materiales articulados en procesos y estructuras para alcanzar los objetivos de la educación” (Artículo 2º, Ley 115 de 1994).
6.3 CALIDAD Y COBERTURA
“Corresponde al Estado, a la sociedad y a la familia velar por la calidad de la educación y promover el acceso al servicio público educativo y es responsabilidad de la Nación y de las entidades territoriales garantizar su cubrimiento. El Estado deberá atender en forma permanente los factores que favorecen la calidad y el mejoramiento de la educación. Especialmente velará por la cualificación y formación de los educadores, la promoción docente, los recursos y métodos educativos, la innovación e investigación educativa, la orientación educativa y profesional, además de la inspección y evaluación del proceso educativo”. (Artículo 4º, Ley 115 de 1994).
6.4 DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO
“El Estado, la sociedad y la familia son los responsables de la educación obligatoria de los menores de acuerdo con lo definido en la Constitución Política y en la legislación normativa. La Nación y las entidades territoriales cumplirán esta obligación en los términos previstos desde las Leyes 60 de 1993 y 115 de 1994 y el presente Decreto que se cita al final. Los padres o quienes ejerzan la patria potestad sobre el menor de edad, lo harán bajo la vigilancia e intervención directa de las autoridades competentes. El carné estudiantil expedido a nombre del menor será el medio para acreditar la condición de estudiante. Se debe portar a diario para su respectiva identificación, por lo tanto, las autoridades competentes podrán exigir su presentación cuando lo consideren pertinente, verificando el cumplimiento de la obligatoriedad constitucional y legal” (Capítulo I, Artículo 2°, Decreto 1860 de agosto 3 de 1994).
6.5 ATENCIÓN DE POBLACIÓN EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD
Teniendo en cuenta lo establecido el Decreto 1411 de 2022, se indican las Responsabilidades de los establecimientos educativos públicos y privados. Con el propósito de cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 1618 de 2013 y en articulación con la Secretaría de Educación, se deberá:
– Contribuir a la identificación de signos de alerta en el desarrollo o una posible situación de discapacidad de los estudiantes.
– Reportar en el Simat a los estudiantes con discapacidad en el momento de la matrícula, el retiro o el traslado.
– Incorporar el enfoque de educación inclusiva y de diseño universal de los aprendizajes en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), los procesos de autoevaluación institucional y en el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI).
– Crear y mantener actualizada la historia escolar del estudiante con discapacidad.
– Proveer las condiciones para que los docentes, el orientador o los directivos docentes, según la organización escolar, elaboren los PIAR.
– Garantizar la articulación de los PIAR con la planeación de aula y el Plan de Mejoramiento Institucional (PMI)
– Garantizar el cumplimiento de los PIAR y los Informes anuales de Competencias Desarrolladas.
– Hacer seguimiento al desarrollo y los aprendizajes de los estudiantes con discapacidad de acuerdo con lo establecido en su sistema institucional de evaluación de los aprendizajes, con la participación de los docentes de aula, docentes de apoyo y directivos docentes, o quienes hagan sus veces en el establecimiento educativo.
– Establecer conversación permanente, dinámica y constructiva con las familias o acudientes del estudiante con discapacidad, para fortalecer el proceso de educación inclusiva.
– Ajustar los manuales de convivencia escolar e incorporar estrategias en los componentes de promoción y prevención de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, con miras a fomentar la convivencia y prevenir cualquier caso de exclusión o discriminación en razón a la discapacidad de los estudiantes.
– Revisar el sistema institucional de evaluación de los aprendizajes, con enfoque de educación inclusiva y diseño universal de los aprendizajes.
– Adelantar procesos de formación docente internos con enfoque de educación inclusiva.
– Adelantar con las familias o acudientes, en el marco de la escuela de familias, jornadas de concientización sobre el derecho a la educación de las personas con discapacidad, la educación inclusiva y la creación de condiciones pedagógicas y sociales favorables para los aprendizajes y participación de las personas con discapacidad.
– Reportar al Icfes los estudiantes con discapacidad que presenten los exámenes de Estado para que se les garanticen los apoyos y ajustes razonables acordes a sus necesidades.
– Reportar a la entidad territorial certificada en educación correspondiente, en el caso de los establecimientos educativos oficiales, las necesidades en infraestructura física y tecnológica, para la accesibilidad al medio físico, al conocimiento, a la información y a la comunicación a todos los estudiantes.
– Promover el uso de ambientes virtuales accesibles para las personas con discapacidad.
La ley 115 y el Decreto 1860 de 1994 así como la Resolución 4210 de 1996 constituyen las normas que determinan el carácter obligatorio del Servicio Social y lo constituyen como requisito indispensable para obtener el título de bachiller y se realiza por una sola vez.
El propósito principal de esta labor es integrarse a la comunidad para contribuir con su mejoramiento social y cultural, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva a cabo, desarrollando valores de solidaridad y conocimiento de su entorno social. Es una labor con un alto grado de responsabilidad para el cual se requiere básicamente honestidad, respeto y diligencia. Nuestra institución brinda la posibilidad de prestar este servicio en alguna de las siguientes líneas:
- Colaborando directamente a nuestra comunidad educativa del en 80 horas de jornada contraria, sábados, comedor escolar en el CJND.
- Orientando su labor hacia entidades de carácter oficial o fundaciones sin ánimo de lucro en 120 horas.
6.6.1 Criterios del Servicio Social Obligatorio
El servicio social estudiantil deberá permitir la relación y correlación del desempeño académico de los estudiantes en las distintas áreas del conocimiento y de la formación, con su desarrollo personal y social.
Los proyectos pedagógicos del servicio social estudiantil que se adopten en el plan de estudios, deberán ser integrales y continuos, esto es, que brinden una sistemática y efectiva atención a los grupos poblacionales, beneficiarias de este servicio.
Los proyectos pedagógicos del servicio deben constituir un medio para articular las acciones educativas del establecimiento con las expresiones culturales locales, satisfacer necesidades de desarrollo comunitario e integrar acciones adelantadas por otras organizaciones sociales, en favor de la comunidad.
El servicio social atenderá prioritariarnente, necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento de tiempo libre, identificadas en la comunidad del área de influencia del establecimiento educativo, tales como la alfabetización, la promoción y preservación de la salud, la educación ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles y de prevención de factores socialmente relevantes, la recreación dirigida y el fomento de actividades físicas, prácticas e intelectuales.
6.6.2 Reglas
– Programar una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio social estudiantil obligatorio en un proyecto pedagógico, durante el tiempo de formación en los grados 10. y 11. de la educación media.
– Se establecerán igualmente, mecanismos administrativos y pedagógicos para que los docentes del respectivo establecimiento educativo puedan atender las tareas y funciones de asesoría, orientación y asistencia a los educandos, en el desarrollo de dichos proyectos.
– En consideración al carácter obligatorio del servicio social estudiantil que le otorga el artículo 970. de la Ley 115 de 1994, para que se considere culminado el proceso formativo de los estudiantes de la educación media, se deberá atender de manera efectiva a las actividades del servicio social obligatorio.
6.6.3 Obligaciones del establecimiento educativo, en relación con el Servicio Social Obligatorio.
– La institución educativa podrá establecer convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que adelanten o pretendan adelantar acciones de carácter familiar y comunitario, cuyo objeto sea afín con los proyectos pedagógicos del servicio ‘social estudiantil obligatorio, definidos en el respecto proyecto educativo institucional.
– La institución educativa, brindará los soportes técnico-pedagógicos y administrativos necesarios que requieran los educandos para prestar el servicio social estudiantil obligatorio, en las condiciones y requerimientos determinados en en el proyecto pedagógico que constituya el servicio social Obligatoria.
– La institución educativa establecerá igualmente, mecanismos administrativos y pedagógicos para que los docentes del respectivo establecimiento educativo puedan atender las tareas y funciones de asesoría, orientación y asistencia a los educandos, en el desarrollo del Servicio Social Obligatorio.
6.6.4 Compromisos de los estudiantes que inician el servicio social estudiantil en el CJND
• El estudiante y su acudiente deben firmar la autorización y el reglamento de prestación del servicio social, así como diligenciar completamente los datos allí solicitados.
• Al asistir por primera vez para iniciar sus labores de servicio social, el estudiante debe dirigirse a la oficina de orientación, entregar su carta de presentación, allí se le asignará el lugar en que desempeñará su labor y conocerá al funcionario quien será su superior inmediato y la persona responsable de firmar las horas prestadas
• Asistir puntualmente en los horarios asignados.
• Cumplir las funciones establecidas de manera responsable y creativa.
• Realizar su trabajo de una manera armoniosa con todo el equipo humano que le acompaña en el proceso.
• Presentarse adecuadamente con su uniforme, sin prendas de vestir diferentes a este, además, implica excelentes condiciones de aseo. Sin bolsos o morrales, sin piercings, sin maquillaje, sin adornos extravagantes, uñas limpias y cortas sin esmalte de colores.
• El teléfono celular debe estar en modo “vibrador”. No debe escuchar música ni utilizar audífonos y si se tratara de extrema urgencia debe solicitar permiso al educador encargado para poder atender su llamada.
• Entregar lo mejor de sí, en aras de mejorar el entorno social.
• Cuidar todos los elementos de trabajo y responder por su uso.
• Manejar la información de manera confidencial y oportuna.
• Ser honesto, respetuoso y responsable consigo mismo y con todas las demás personas que trabajan en el CJND.
• Portar el carnet de manera visible en buen estado y presentarlo al entrar y salir del colegio.
• Los problemas de comportamiento en el CJND ocasionarán la suspensión del SSO y el estudiante deberá buscar otra institución donde pueda finaliozarlas
• Dos (2) inasistencias injustificadas y tres (3) justificadas motivarán la pérdida de las horas que ya hubiese efectuado. La ausencia será justificada en el momento que presente excusa médica o carta del acudiente verificada en orientación.
• Los estudiantes deben ser honestos con su familia y con el colegio en lo relacionado con horarios y tiempos de Servicio Social.
• Por su parte, el CJND se compromete a tratarle con respeto, dignidad, confianza y justicia.
6.6.5 Compromisos de los estudiantes que inician el servicio social en otras instituciones
• Solicitar en orientación la carta de presentación que debe entregar en la institución donde prestará su servicio.
• El acudiente debe firmar la autorización de prestación del servicio social así como diligenciar completamente los datos allí solicitados.
• Acogerse al reglamento interno de la institución que lo acoge.
• Dejar en alto el nombre de nuestra institución demostrando respeto, honestidad, diligencia, solidaridad, creatividad sirviendo con agrado y cumpliendo cabalmente las funciones asignadas.
CAPÍTULO IV
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y EL GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULO 7. DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Es aquella conformada por estudiantes, educadores, padres de familia, egresados, directivos docentes y personal administrativo. Todos ellos, según su competencia, deben participar en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la garantía del Derecho a la educación en el respectivo establecimiento educativo. La comunidad educativa del CJND se compromete a cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Constitución Política de Colombia, demás normas legales vigentes y el presente manual de convivencia.
7.1 DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
El Derecho es la facultad de poder actuar dentro de los límites de la normatividad vigente. (Artículo 44 de la Constitución Política Colombiana). La institución ofrece un trabajo orientado en el manejo responsable de la libertad y la autonomía, que compromete a la comunidad educativa en una relación, basada en el respeto por la persona. Teniendo en cuenta lo anterior, todos los integrantes del CJND sin discriminación de ninguna índole tienen derecho a:
- Ser tratados con justicia y el respeto que merece la dignidad de toda persona, sin ningún distingo de etnia, sexo, género, religión, estrato socio- económico, convicciones, situación académica o cualquier otra condición, no permitiendo ser objeto de tratos degradantes.
- La libertad de expresión, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Participar en procesos de formación para actualizar sus conocimientos y fortalecer su desarrollo personal.
- El trabajo colaborativo y en equipo con los demás compañeros, para el mutuo enriquecimiento e intercambio de estrategias.
- El libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás.
- Disfrutar de un ambiente sano que fortalezca el desarrollo físico y mental.
- Disfrutar y participar en las actividades recreativas, deportivas, culturales y artísticas programadas por la institución dentro de la jornada.
- Cuidar de su integridad personal, utilizando los mecanismos y el conducto regular establecido por el presente Manual de Convivencia.
- Ser oído, orientado o asistido por quienes tienen la responsabilidad administrativa, directiva y académica al interior de la institución.
- Presentar solicitudes respetuosas verbales o escritas, observando el conducto regular, ante las personas e instancias correspondientes del colegio, con el fin de obtener respuestas oportunas y de acuerdo con las funciones y el rol de cada estamento de la comunidad.
- Tener acceso y disfrutar de los diferentes servicios que el colegio ofrece.
- Exigir el cumplimiento de las actividades académicas programadas de acuerdo con el calendario escolar.
- Ausentarse del colegio antes de finalizar su jornada; solicitado el permiso ante la coordinación de convivencia y/o rectoría demostrando la justificación de la necesidad de retirarse de la institución.
- Conocer los informes de los diferentes tipos de evaluación, siendo evaluado con criterio pedagógico y profesional, y poder solicitar corrección de dicha evaluación en el momento necesario.
- Representar al colegio en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado por la institución, previo cumplimiento del presente Manual de Convivencia y el reglamento propio del evento.
- Conocer ampliamente el Manual de Convivencia y el Proyecto Educativo, con el finde participar activamente en su desarrollo, asimilar la filosofía, cumplir con todas las disposiciones emanadas de estos y participar en su revisión y actualización.
- Participar en el Gobierno Escolar y en el ejercicio democrático de su elección, así como de otras instancias de participación; siempre y cuando reúna las condiciones exigidas por la ley y por el presente Manual de Convivencia.
- Derecho al debido proceso, a probar y justificar su comportamiento y a conocer las causas y el seguimiento por el cual se le impone algún tipo de sanción pedagógica.
- Recibir estímulos por su desempeño y cumplimiento de sus compromisos.
- Presentar iniciativas que consideren provechosas para el buen funcionamiento de la institución.
- Ejercer veeduría directa a través de los representantes del Gobierno Escolar.
- Ser atendido por las directivas, educadores y administrativos de manera oportuna y responsablemente dentro del horario establecido para ello o cita previa.
- Recibir la información adecuada sobre su desempeño y funciones al interior del colegio.
- Presentar en forma respetuosa solicitudes y/o reclamaciones justas, en el lugar, momento y a la persona adecuada siguiendo el conducto regular.
- Equivocarse y enmendarse.
- Hacer exigibles de los derechos no contemplados en este manual, pero que se encuentren determinados por la legislación colombiana.
En ese sentido, la IED debe garantizar los siguientes Derechos:
- A la vida.
- A la educación.
- A la salud.
- A la protección y Formación integral.
- A la libertad y sus diferentes manifestaciones, sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
- Al reconocimiento de la personalidad jurídica.
- A la libertad de enseñanza, Aprendizaje, Investigación y Cátedra.
- A la libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.
- A la reunión y manifestación pública y pacífica.
- A la familia.
- A la igualdad de género.
- Respeto a la diversidad sexual
7.2 DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Deber es el compromiso permanente que se asume en la relación interpersonal, en el campo laboral, académico y comportamental de los miembros de la comunidad educativa. Todo derecho implica el cumplimiento de un deber (Corte Constitucional) El CJND, considera deberes de los integrantes de la comunidad educativa:
- Conocer, y cumplir el presente Manual de Convivencia, elaborado por la comunidad educativa del colegio, así como su proyecto educativo institucional, la estructura administrativa y de funcionamiento de la institución.
- Asistir a clases con puntualidad y participar en las actividades programadas por la institución, Cumpliendo y respetando los horarios del colegio.
- Reconocer y respetar los derechos de los demás.
- Promover la igualdad de oportunidades mediante la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, identidad y orientación sexual o por cualquier otra circunstancia personal o social.
- Cumplir con eficiencia y responsabilidad las obligaciones y funciones inherentes a su papel dentro de la comunidad educativa, previo conocimiento de estos.
- Ser ejemplo de disciplina y buen comportamiento.
- Fomentar la comunicación, las buenas relaciones humanas y la cooperación entre toda la comunidad educativa.
- Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros.
- Comportarse de manera que se favorezca la convivencia, evitando comportamientos contrarios a la misma, respetar a los demás, en el ejercicio de sus derechos y deberes ciudadanos, en su vida, honra y bienes, de conformidad con la Constitución Política y las leyes.
- Respetar el proyecto educativo y el carácter propio del establecimiento.
- Cuidar y usar correctamente los bienes e instalaciones del colegio.
- Participar en las actividades del colegio.
- Cuidar en todo momento su integridad física, presentación personal, siguiendo las orientaciones sobre seguridad.
- Asumir los acuerdos y decisiones producto de procesos llevados a cabo por directivas, Comité de Convivencia y los diferentes órganos del Gobierno Escolar.
- Construir los saberes correspondientes a cada una de las asignaturas del plan de estudios, dedicando todos sus esfuerzos y consagración para el logro de los objetivos académicos y formativos, que determinen las diferentes orientaciones curriculares y extracurriculares.
- Informarse e informar sobre las diferentes actividades institucionales como entregade boletines, reuniones, citaciones, talleres, escuela de padres y programación deportiva o cultural.
- Participar en los procesos de evaluación y desarrollo de estrategias para reorientarlas prácticas pedagógicas.
- Respetar el nombre e imagen de la institución, sus estudiantes, educadores y personal que labora en ella.
- Dar testimonio permanente del sentido de pertenencia, cariño, gratitud y proyectar su buen nombre donde se encuentre, evitando riñas callejeras o protagonizando actos que afecten la moral y la dignidad de las personas.
- Respetar los símbolos patrios e institucionales
- Cuidar y colaborar con el mantenimiento y embellecimiento de todas las instalaciones del plantel.
- Hablar positivamente de la institución, y expresar respetuosamente sus desacuerdos con los procesos educativos y administrativos, propios del colegio, tramitando según el conducto regular sus quejas o apelaciones.
- Ser puntual y permanecer en el lugar asignado, según las actividades y el horario de la jornada escolar.
- Presentar oportunamente la justificación escrita de la ausencia, por su incapacidad o calamidad, u otro motivo.
- Tratar con amabilidad y cortesía a directivos, profesores, padres de familia, compañeros, empleados generales y de cafetería, y a otras personas que entren a la institución, llamándolos por su nombre, evitando apodos, gritos, mal vocabulario, burlas, rechiflas y chanzas desagradables
- Mostrar en la convivencia el ejercicio de los valores y principios rectores estipulados en este Manual de Convivencia.
- Cumplir con las obligaciones y funciones adquiridas como representante de los diferentes órganos de participación del Gobierno Escolar.
- Asistir a los actos de comunidad tales como izadas de bandera, salidas pedagógicas, talleres, escuelas de padres, charlas, seminarios, programas culturales, deportivos y exposiciones, de acuerdo con los requisitos exigidos.
- Cuidar sus respectivas pertenencias y abstenerse de portar balones, joyas y equipos electrónicos como Tablet, teléfonos celulares, radios, grabadoras y otros dispositivos electrónicos, entre otros que no correspondan a material solicitado para el desarrollo de las clases; absteniéndose de hacer uso de materiales y/o equipos distractores que interfieren el normal desarrollo de las actividades escolares, pues el colegio, en ningún caso se podrá responsabilizar de su extravió, hurto, pérdida, pago o restitución.
- Abstenerse de manipular los recursos informáticos y tecnológicos, así como las redes sociales para maltratar, provocar o amenazar a cualquiera de los integrantes de la comunidad.
- No acosar de manera sistemática, repetitiva intencional y metódica generando agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico contra cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.
- Observar las reglas de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.
- No fumar ni consumir bebidas alcohólicas o sustancias nocivas, tales como: estimulantes, alucinógenos, narcóticos y otras que atenten contra su propio bienestar emocional o físico y el de los demás miembros de la comunidad.
- Abstenerse de portar, ingerir o distribuir elementos y sustancias que atenten contrala integridad física y moral (armas corto-punzantes, armas de fuego, revistas pornográficas, cigarrillos, bebidas alcohólicas, alucinógenos y explosivos), dentro y fuera del plantel.
- Dar atención e información veraz y oportuna a los demás miembros de la comunidad educativa, si lo requiere.
- Mantener reserva de los temas tratados en los diferentes Comités cuando estos involucran la privacidad de las personas.
- Las familias en cabeza de los padres deben matricular oportunamente a los estudiantes, asegurando su permanencia durante la edad escolar obligatoria.
- Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de Convivencia, para facilitar el proceso educativo.
- Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes.
- Apoyar al colegio en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
- El padre de familia y o acudiente tiene el deber de acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primer educador de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos, acudir a las reuniones, citaciones, talleres, escuelas de padres, entrega de informes académicos y demás llamados del colegio. Velar por el comportamiento adecuado de sus hijas – hijos dentro y fuera del colegio y suministrar los elementos necesarios para su estudio y formación académica.
- Informar oportunamente a coordinación, director de curso y profesor de educación física sobre discapacidad o limitación física de la estudiante.
- El padre o acudiente debe proporcionar al niño o niña que lo requiera el tratamiento terapéutico, médico o psicológico cuando el colegio lo recomiende y presentar en orientación la constancia correspondiente.
- Los padres o acudientes de las estudiantes de los grados décimos y undécimo, deben cumplir con los acuerdos pactados por el programa de articulación con el SENA.
- Para los educadores y funcionarios administrativos cumplir con el manual de funciones y procedimientos que reglamentan el desempeño laboral.
- Contribuir con la prevención y mitigación de la violencia escolar, promoviendo y fortaleciendo la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de todos los niveles educativos.
- Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación.
- Además de los anteriores deberes específicos, se constituirá en deber de los integrantes de la comunidad educativa del CJND, acatar la Constitución Política, las Leyes de Colombia y las disposiciones establecidas en este Pacto- Manual de Convivencia.
- “Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92). Consecuentemente el/la estudiante, requiere conocer previamente los derechos y obligaciones que asume, al firmar su matrícula. “Los Derechos constitucionales fundamentales no son absolutos. Encuentran límites y restricciones en los derechos de los demás, en la prevalencia del interés general, en la primacía del orden jurídico y en los factores de seguridad, moralidad y salubridad de los servicios públicos que no pueden verse sacrificados en aras de un ejercicio arbitrario o abusivo de las prerrogativas individuales”.
ARTÍCULO 8. DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES
Los deberes y derechos de los padres de familia son tomados desde del Decreto 1286 de 2005 y además de otros que se adoptan institucionalmente.
8.1 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos e hijas en la IED son los siguientes:
- Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de sus hijos e hijas, de conformidad con la Constitución y La ley.
- Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo.
- Conocer con anticipación, o en el momento de la matrícula, las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional,
- el Pacto de Convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.
- Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos e hijas y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa;
- Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos e hijas, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional.
- Recibir una respuesta eficiente y oportuna frente a sus requerimientos, especialmente si afectan el proceso educativo de sus hijos e hijas.
- Recibir durante el año escolar y en forma periódica información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos e hijas; conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo.
- Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos.
- Ser atendidos según el horario establecido por el colegio.
- Ser tratados con respeto y consideración por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
8.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos frente a la educación de sus hijos e hijas, los padres de familia deben dar cuenta de los siguientes Deberes:
- Matricular oportunamente a sus hijos en el Colegio y asegurar su permanencia
- Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
- Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Pacto de convivencia para facilitar el proceso educativo.
- Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos e hijas y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.
- Comunicar oportunamente las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas, entre otras.
- Apoyar a la IED en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
- Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos e hijas para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.
- Participar en el proceso de evaluación anual del colegio.
- Conocer e interiorizar el énfasis, las líneas de profundización y el horizonte institucional en el ejercicio de la puesta en práctica del Pacto de convivencia.
- Velar porque los estudiantes lleguen puntualmente al colegio.
- Velar por la correcta presentación del estudiante, según las exigencias del presente Pacto de Convivencia.
- Asistir a las entregas de boletines, reuniones y asambleas programadas por la IED en los horarios establecidos.
- Apoyar y motivar a los estudiantes en las actividades científicas, tecnológicas, ambientales culturales, investigativas, etc.
- Proveer al hijo e hija oportunamente de los uniformes de diario y de educación física, según modelos establecidos.
- Velar porque el hijo e hija conserven en todo momento una conducta acorde a los criterios de formación, disciplina y sana convivencia.
- Ser modelo y formador de valores: respeto, honestidad, tolerancia, colaboración y cumplimiento en el colegio.
- Estar pendientes de los resultados académicos de los estudiantes para estimularlos o aplicar los correctivos apropiados a las problemáticas.
- Abstenerse de enviar al estudiante al colegio cuando se encuentre con afectaciones de salud y especialmente en caso de enfermedad viral.
- Respetar y seguir el conducto regular establecido en la IED para la solución de cualquier inquietud o conflicto que se presente.
- Cumplir puntualmente con el horario establecido para el ingreso y salida de los estudiantes, entendiendo que una vez finalizada la jornada escolar, los estudiantes quedan bajo la responsabilidad directa de los padres o acudientes, no dando lugar a reclamaciones civiles o penales en caso de accidentes o perjuicios cuando se incumplan los tiempos.
- Si el estudiante no es recogido por sus padres y/ o acudientes en un tiempo mayor a 30 minutos, se debe proceder a contactar a la Policía de Infancia y Adolescencia por intermedio del cuadrante de policía de la zona.
- Los padres de familia que autorizan la salida autónoma de los estudiantes, deben entregar un consentimiento escrito.
- Hacer presencia permanente en la institución cuando se requiera. En caso de no asistir a tres (3) citaciones consecutivas se procederá, según el Código de Infancia y Adolescencia, se dará aviso al ICBF por presunta negligencia y/o abandono e incumplimiento de los deberes de los padres.
ARTÍCULO 9. DE LOS ESTUDIANTES
9.1 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN
Son derechos de los estudiantes del CJND
- A recibir información de forma oportuna, imparcial, veraz sobre los diferentes estamentos de la IED y a través de los canales dispuestos por ella durante los tres días hábiles posteriores a la situación.
- A publicar información sobre temas académicos o afines.
- A una rectificación en condiciones de equidad e igualdad, sin censura alguna.
- A usar adecuadamente los diferentes canales de comunicación existentes en la institución.
- A participar en las actividades deportivas, recreativas, culturales, académicas, científicas y ecológicas que se propongan en la IED.
- A tener un lugar que cuente con las normas mínimas de prevención y seguridad.
- A vivir en paz y armonía.
- A ser valorado y respetado como persona en su integridad física, moral, intelectual, así como psicológica, siendo miembro partícipe de la comunidad educativa.
- A organizar, dirigir y ser apoyado en el desarrollo y realización de trabajos institucionales.
- A ser acompañado y apoyado en los diferentes procesos formativos y académicos por los padres de familia, los docentes y directivos docentes.
- A contar con los materiales, recursos e infraestructura necesarias para el desarrollo de los procesos formativos y académicos.
- A conocer los contenidos y estrategias de evaluación al iniciar cada periodo.
- A preservar su intimidad y privacidad, siempre y cuando no afecte su propia vida, ni vulnere los derechos de los demás.
- A no ser sometidos a ningún tipo de discriminación por motivos o razones de género, raza, religión, opinión política, pensamiento, condición social, limitaciones físicas, nacionalidad, inclinación sexual o temas familiares.
- A contar con un adulto que, a través de la legitimación de la matrícula, asuma la responsabilidad de garantizar el derecho a la educación.
- A ser reconocido como miembro activo y participante en la construcción comunitaria del Proyecto Educativo Institucional (PEI), lo que implica ser respetado y apoyado en el ejercicio de sus funciones.
- A expresar, analizar y debatir con toda libertad sus opiniones, doctrinas y conocimientos, reconociendo el mismo derecho que tienen los demás.
- A participar en la organización comunitaria acorde a los procesos de valoración, seguimiento, acompañamiento, interpretación de las prácticas de interacción humana y el manejo de los conflictos con el fin de propiciar el crecimiento personal, además de colectivo.
- A recibir la formación y orientación necesarias dentro de un ambiente social, moral y psicológico que garanticen el desarrollo integral de los miembros de la comunidad educativa.
- A conocer las normas y mediaciones que la IED establezca para su crecimiento y desarrollo personal.
- A presentar peticiones respetuosas, verbales o escritas, pertinentes y oportunas, cuando así lo considere necesario, frente a los diferentes intereses de su formación.
- A ser escuchado, orientado y asistido por quienes tienen la responsabilidad directiva, administrativa y docente o aquellos que asumen la atención específica requerida.
- A cumplir con el debido proceso.
- A conocer, interiorizar y poner en práctica la Constitución Política de Colombia, la Ley de infancia y Adolescencia, el PEI y el presente Pacto de Convivencia en el marco del ejercicio de sus Derechos.
- A elegir y ser elegido para participar en cualquiera de los órganos y estamentos del Gobierno Escolar.
- A conocer oportunamente los logros que se trabajan en el Plan de Estudios y los conceptos valorativos sobre sus avances y/o dificultades. Asimismo, a ser evaluado con imparcialidad de acuerdo con la normatividad vigente.
- A aprovechar los diferentes servicios que presta la IED bajo previo cumplimiento de los requisitos correspondientes.
- A recibir estímulos establecidos por la institución cuando haya alcanzado logros significativos en las diferentes áreas de desempeño.
- A ser promovido anticipadamente por la Comisión de Evaluación y Promoción si solicita esta instancia, argumentando pertinentemente el cumplimiento de los requisitos exigidos.
- A recibir su carné estudiantil que lo identifica como miembro activo de la IED.
9.2 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN
Un deber es la obligación que se tiene para asumir las responsabilidades y compromisos como miembro activo de la comunidad educativa. “Los estudiantes deberán cumplir con las obligaciones emanadas de la Constitución Política, las Leyes de la República y el Manual de Convivencia” (Secretaría de Educación Resolución 1740, Articulo 8).
“La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo con el objeto de ejercer el Derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra” (Corte Constitucional sentencia ST- 235 / 97).
“La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por la IED a la que esté vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la Ley y del ordenamiento interno de la IED (Corte Constitucional sentencia ST- 789/ 13)”.
El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres; en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por la IED, así como los horarios de entrada, clases, recreo, salida, el debido comportamiento y respeto hacia sus docentes y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un básico rendimiento académico no lo exonera del cumplimiento de sus deberes como estudiante” (Corte Constitucional sentencia ST- 569/94)”.
Son deberes de los estudiantes del CJND:
- Respetar la expresión, opinión y debate de todos los miembros de la comunidad Educativa.
- Cumplir las decisiones y acuerdos que se establezcan en los diferentes estamentos de la comunidad.
- Comunicar de manera oportuna, imparcial y veraz a los padres de familia, docentes y directivos sobre toda actividad académica, decisión y proceso desarrollado en la IED.
- Rectificar toda información carente de fundamento y veracidad.
- Fomentar y hacer efectiva la comunicación entre todos los miembros de la comunidad educativa y sus estamentos, informando y haciendo entrega de circulares, citaciones, boletines, comunicados y actas.
- Respetar y conservar la integridad física, moral, intelectual y psicológica de todos los miembros de la comunidad.
- Propiciar un ambiente que facilite el desarrollo de todo proceso formativo y académico.
- Promover de manera positiva y asertiva la tolerancia y el respeto en la IED.
- Utilizar el diálogo como primera instancia y mecanismo inmediato en la resolución de conflictos.
- Respetar la intimidad y el buen nombre de todas las personas que laboran o interactúan en la IED.
- Participar activa, responsable y efectivamente en las actividades que se organizan en la institución a nivel deportivo, recreativo, cultural, académico, científico y ecológico.
- Acatar y practicar las normas de prevención y seguridad establecidas en la IED.
- Portar adecuadamente los uniformes según lo establecido en el presente Pacto de Convivencia acuerdo con los horarios y actividades programadas por la IED.
- Portar diariamente la Agenda Escolar y Carné Estudiantil.
- Utilizar un lenguaje apropiado y respetuoso en la IED, así como en los escenarios de las actividades complementarias que se desarrollan extracurricularmente.
- Propiciar y evidenciar una actitud abierta al diálogo conciliador.
- Utilizar y conservar en forma adecuada los materiales, recursos e infraestructura de la IED para el desarrollo de los procesos formativos y académicos. En caso de daño, el estudiante responsable del mismo debe asumir los costos de reparación o reposición.
- Desarrollar y promover el sentido de pertenencia a la institución, ya que como estudiantes deben manifestar comportamientos adecuados y reflexionar en que los estudiantes son la imagen pública de la IED.
- Asumir con responsabilidad el rol de estudiante en lo académico y lo convivencial.
- Conocer y vivenciar las normas pactadas en el presente Pacto de Convivencia, manifestándolas respetuosamente a través de todos sus actos.
- Los estudiantes deben portar diariamente la agenda estudiantil.
- No participar, ni promover acciones que afecten de manera negativa el nombre o la integridad de la IED o de algún miembro de la Comunidad Educativa.
- Asistir puntualmente a la totalidad de las clases programadas durante las 40 semanas de trabajo académico presencial que conforman el año escolar del calendario “A”, establecido por el Ministerio de Educación Nacional y cumpliendo siempre el horario establecido por la institución, que es el siguiente:

- Portar el uniforme del CJND con orgullo y sentido de pertenencia dentro y fuera de la institución.
- El estudiante debe presentarse aseado, esmerándose por su buena presentación personal y portando para todas las actividades académicas, así como en las extracurriculares previstas por el colegio, el uniforme completo, en buen estado y en correspondencia al establecido por su horario académico; de hacerse un cambio eventual como consecuencia de alguna actividad especial que requiera otra presentación de los estudiantes diferente a la contemplada por el horario académico, esta se autorizará únicamente acatando las indicaciones dadas por parte de la coordinación de convivencia.
- Las joyas como piercing o expansiones, no podrán usarse cuando el estudiante participe de alguna actividad deportiva, ni en las clases de educación física y tampoco en las de danzas o teatro, en prevención de riesgos de accidentes o lesiones.
- Todos y cada uno de los estudiantes debe ser responsable de su presentación personal. La familia como primera responsable de la formación de sus hijos y la institución como segundo espacio de formación, deben observar y exigir a los hijos y estudiantes una adecuada presentación personal, que sea pulcra y acorde a lo establecido por las normas institucionales.
9.3 ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES
El CJND de acuerdo con su competencia y previa aprobación del Consejo Directivo, otorgará incentivos a los estudiantes que se distingan por su rendimiento académico, social, deportivo, espíritu investigativo, de cooperación; que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales o científicos; por su larga permanencia en la institución o excelente comportamiento.
Estos estímulos se realizarán en acto público y serán los siguientes:
- Los estímulos académicos a los que se haga acreedor el estudiante de acuerdo con las condiciones definidas por el Sistema Institucional de Evaluación de los Aprendizajes.
- El reconocimiento verbal y escrito, por parte del director de grupo, profesores, orientadores, coordinadores y rector, con copia escrita, a su acudiente.
- Distinción especial, izando el pabellón nacional en presencia de todos los estudiantes y/o recibir felicitación pública en las izadas de bandera, por su presentación personal, desempeño pedagógico, y comportamiento social en la búsqueda de la excelencia.
- Condecoraciones, y mención con matrícula de honor, por excelente desempeño académico y comportamental.
- Exaltar a los estudiantes que iniciaron y culminaron sus estudios en la institución, desde preescolar hasta undécimo.
- Recibir la distinción por haber sobresalido en las pruebas del ICFES.
- Ser exaltado como mejor bachiller en el acto de graduación.
- Inscripción en el cuadro de honor y publicación en los espacios informativos institucionales.
- Publicación o difusión de trabajos en el periódico, en las carteleras, en la emisora o en cualquier otro medio de comunicación que exista en el colegio.
- Derecho a recibir trofeos, condecoraciones, premios, menciones especiales y representar al curso en izadas de bandera o en actos comunitarios, con notificación al padre de familia y anotación en el observador del alumno.
- Derecho a representar al colegio en todo tipo de certámenes o eventos de carácter local, regional, nacional o internacional
- Ser promovido de grado anticipadamente, durante el propio periodo de tiempo del año escolar, cuando el rendimiento académico y la madurez del estudiante demuestren óptimas condiciones para desarrollar la promoción de acuerdo con lo establecido en el sistema institucional de evaluación.
- Al finalizar el año escolar durante el acto de clausura los estudiantes que se destaquen por su buen rendimiento académico, su excelente comportamiento y esfuerzo personal recibirán menciones y diplomas de honor en presencia de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 10. DEL PERSONAL DOCENTE, DIRECTIVO DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
La comunidad educativa está conformada además de los estudiantes y padres de familia, por los directivos docentes, docentes, administrativos y personal de servicios generales. Este personal depende del rector del plantel.
Por su parte, del coordinador, dependen los líderes de área y, por ende, por relación de autoridad funcional, los profesores.
Las funciones y responsabilidades del personal docente y directivo docente estarán reguladas por la resolución rectoral que se las comunica y por todas aquellas definidas en su contrato laboral, por el estatuto docente, el manual de funciones de la Secretaria de Educación y las establecidas por el Código Disciplinario Único de los servidores públicos.
El personal administrativo del CJND, debe trabajar en acción coordinada con los demás estamentos de la comunidad educativa, bajo la orientación del rector del colegio o con la autonomía que le confiere la organización institucional o la ley, según el funcionario de que se trate.
Igualmente deben conocer y aceptar la filosofía del colegio, así como cumplir cabalmente con todas las funciones que lesean asignadas según su cargo por parte del rector; todas aquellas definidas en su contrato laboral, la comisión nacional del servicio civil, el manual de funciones de la secretaria de Educación y las establecidas por la ley y el Código Disciplinario Único de los servidores públicos.
CAPÍTULO V
DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y REPRESENTATIVA
La democracia suele ser un campo donde la vida cobra sentido en la participación y en el encuentro con el otro para trabajar en equipo, sin embargo, también implica una responsabilidad social a medida de ir comprometiendo a los integrantes de un colectivo con el bienestar de todos.
El CJND está convencido que la participación es un acto permanente de compromiso por parte de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, pretendiendo fortalecer los testimonios de vida, los proyectos de desarrollo y su crecimiento.
Para la IED la democracia no significa es el simple hecho de votar, sino que su sentido debe trascender la jornada electoral y convertirse en un verdadero compromiso con la institución. Al escoger un candidato no se puede olvidar la responsabilidad que implica ayudarlo en su labor y cuestionarlo cuando sea necesario.
Por lo tanto, se pretende fortalecer una IED con identidad; esto se logrará cuando la comunidad educativa se involucre en los actos comunitarios y esté dispuesta a trabajar en equipo, dando de sí misma lo mejor para que la IED sea un lugar de crecimiento, de calidad e de innovación humana.
Asimismo, fortalecer en la cotidianidad escolar la experiencia y práctica de la Convivencia Democrática y Comunicativa como ámbito social propicio para la construcción del saber, al igual que para la transformación de las culturas propias de la civilización humana, implicando una dinámica educativa de participación y de comunicación entre todos los estamentos escolares.
ARTÍCULO 11. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
Acorde a la Ley General de Educación en el Artículo 142, el Gobierno escolar está conformado por el Rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
El Gobierno Escolar será elegido siguiendo por ley lo preceptuado en los Artículos 20 y 21 del Decreto 1860 de 1994 y sus funciones están determinadas en los Artículos 23, 24 y 25 del mismo Decreto.
Acorde a la Ley General de Educación en el Artículo 142, el Gobierno escolar está conformado por el Rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
El Gobierno Escolar será elegido siguiendo por ley lo preceptuado en los Artículos 20 y 21 del Decreto 1860 de 1994 y sus funciones están determinadas en los Artículos 23, 24 y 25 del mismo Decreto.
11.1 CONSEJO DIRECTIVO
11.1.1 Conformación. Como instancia Directiva de participación de la comunidad educativa, de orientación académica y administración del establecimiento educativo, éste será integrado por:
- El rector(a), quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
- Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea pública de docentes.
- Dos representantes de los padres de familia, elegidos según lo dispuesto en el Decreto 1286 de 2005.
- Un representante de los estudiantes, elegido por el consejo de los estudiantes, entre los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la IED.
- Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo mediante ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen a la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
- Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que expiden o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo a parir de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
11.1.2 FUNCIONES CONSEJO DIRECTIVO
Son funciones del Consejo Directivo las siguientes:
- Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Pacto de Convivencia.
- Adoptar el Pacto de Convivencia y el reglamento de la Institución.
- Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de estudiantes nuevos.
- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de los miembros se sienta lesionado.
- Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
- Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, el currículo y el plan de estudios, así como someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley y los reglamentos.
- Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
- Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de los estudiantes que se incorporan al reglamento o Pacto de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a su dignidad como personas.
- Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
- Recomendar criterios de participación frente a las actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas que se promuevan en la IED.
- Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales que surjan de las respectivas necesidades de la comunidad educativa.
- Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
- Fomentar la conformación de Asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
- Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
- Las recomendaciones asignadas en el Decreto 1290 de 2009 por las cuales se reglamenta la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.
- Las recomendaciones asignadas en la Resolución No. 175 de enero 28 de 2010 por la cual se guían las directrices para la conformación de las instancias de participación y representación del sector educativo en el nivel institucional, local y distrital de Bogotá D.C.
- Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y provenientes de los pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y distintos materiales, llevando a cabo su propio reglamento.
11.2 CONSEJO ACADÉMICO
11.2.1 Conformación. El Consejo Académico está integrado por el Rector(a) quien lo preside, el Coordinador Académico y un docente de cada área definida en el plan de estudios.
11.2.2 FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
- Servir de órgano consultor ante el Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
- Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto.
- Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
- Participar en la evaluación institucional anual.
- Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica sobre el rendimiento académico de los estudiantes y la promoción, así como asignarles las funciones pertinentes y supervisar el proceso general de evaluación.
- Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.
- Las recomendaciones asignadas en el Decreto 1290 de 2009 por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.
- Las demás funciones afines o complementarias que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
11.3 RECTOR (A)
LE CORRESPONDE AL RECTOR DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO:
- Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
- Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
- Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
- Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
- Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
- Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
- Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.
- Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.
- Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
- Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo.
- Presidir el consejo directivo, el consejo académico y el comité de convivencia.
- Servir de instancia disciplinaria posterior al comité de convivencia, tratando de solucionar las situaciones que afecten la convivencia escolar por medio del diálogo y el establecimiento de acuerdos y compromisos
- Imponer matrículas en observación previos a la imposición de sanciones por parte del consejo directivo.
ARTÍCULO 12. OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
Para promover y posibilitar la participación de la comunidad educativa, existen otros órganos como los siguientes:
12.1 CONSEJO ESTUDIANTIL
El Consejo Directivo deberá convocar, en una fecha dentro de cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los estudiantes que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno, mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de básica primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan tercer grado.
12.1.1 Funciones del consejo estudiantil
- Darse su propia organización interna.
- Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorar lo en el cumplimiento de su representación.
- Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y
- Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.
12.1.2 Cargos de representación estudiantil
12.2 CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
El consejo de padres de familia es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del Colegio Jime Niño Diez IED. Estará integrado por un padre de familia de los estudiantes de los diferentes cursos que ofrece la institución
El consejo de padres de familia convocará adentro de los 30 días calendarios siguientes de la iniciación de clases del periodo lectivo anual, a sendas asambleas de los padres de familia de los estudiantes de cada curso, en los cuales elegirá para el correspondiente año lectivo a uno de ellos como su vocero o representante.
La elección se efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes, después de transcurrida la primera hora de la asamblea.
12.2.1 Funciones del consejo de padres, madres y acudientes
De conformidad con el Decreto 1286 de 2005, el Consejo de Padres del colegio ejercerá estas funciones en directa coordinación con la organización y administración del colegio pues, aunque es un órgano de participación autónomo requerirá de expresa autorización por parte de la rectoría, cuando asuma responsabilidades que comprometan al colegio ante otras instancias o autoridades.
- Conocer la problemática de cada curso y llevarlo al consejo para su análisis correspondiente
- Ser voceros ante el concejo de padres.
- Analizar y proponer aspectos necesarios para proponer aspectos necesarios del manual de convivencia y del PEI.
- Vela por el buen desempeño de los estudiantes en el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje exigiéndoles la presentación de sus tareas y trabajos académicos.
- Contribuir con el rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
- Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el ICFES.
- Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el colegio, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
- Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.